Los comprobantes
de pago de las cuotas de patente podrán sustituirse
por la correspondiente certificación bancaria
en la que consten: los datos de identificación
del dominio, el detalle de todas las cuotas con su fecha
de acreditación e importe, el monto total de
la acreditación realizada en la cuenta recaudadora
de la Dirección General de Rentas, el número
de la cuenta y la firma del funcionario acreditado.
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